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ACCIONA y BTG Pactual han tenido conocimiento de la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por la que se estima parcialmente el recurso que presentaron contra la Resolución del Organismo Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya (OARCC) sobre el proceso de adjudicación de la concesión de ATLL y sus servicios jurídicos están analizando con detenimiento las posibles consecuencias y recursos que puedan derivarse de esta decisión.
La sentencia anula la Resolución del OARCC, en la medida en que excluía ACCIONA de la adjudicación -tal y como solicitaban ACCIONA y BTG Pactual-, y en contra de lo que de forma expresa afirma el comunicado hecho público por Agbar. Ello no obstante, cuestiona la validez de la tramitación del procedimiento de contratación por considerar que adolece de vicios no imputables al consorcio adjudicatario, por lo que habrá que esperar a conocer las actuaciones que la Generalitat de Catalunya considere oportunas en relación con el contenido de esta sentencia.
En todo caso, ACCIONA y BTG Pactual consideran esta sentencia, que no tiene carácter firme, contraria a Derecho y perjudicial para sus intereses y los de los ciudadanos usuarios del servicio de agua en alta en Cataluña, por lo que anuncian la presentación del correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo, debiendo esperarse a la resolución de dicho órgano. Hasta entonces el consorcio concesionario liderado por ACCIONA y BTG Pactual permanecerá prestando el servicio de abastecimiento de agua en alta como hasta ahora.
Significar así que la sentencia anula la decisión del OARCC de excluir al consorcio que lidera ACCIONA y BTG del proceso de licitación, por lo que ratifica la plena adecuación de la oferta de dicho consorcio a los pliegos del concurso y demás normativa aplicable de su propuesta, que resulta indiscutiblemente la más más ventajosa ya que ha supuesto un ahorro para los consumidores de entorno a los 62,3 millones de euros desde enero 2013 a la fecha y habría de suponer un ahorro de 970 millones de euros durante toda la vigencia de la concesión. Todas estas circunstancias han sido reconocidas por todos y cada uno de los órganos administrativos de la Generalitat de Catalunya que han participado en el proceso de licitación de la concesión de ATLL, incluida la Agencia Catalana del Agua (ACA), con la única excepción del OARCC, cuya resolución ahora se anula.
La decisión judicial adoptada no despeja en cualquier caso las dudas planteadas en su momento por parte de ACCIONA y BTG Pactual sobre la legitimidad y validez de la oferta alternativa, a la que, no se le ha reconocido derecho alguno a la adjudicación ni por parte de la Mesa de Contratación, ni de la anulada resolución del OARCC, ni de las demás resoluciones judiciales pronunciadas hasta el momento.
ACCIONA y BTG Pactual analizarán el conjunto de hechos y decisiones que han contribuido a generar una situación de incertidumbre jurídica y económica sobre la gestión de ATLL y valorarán en consecuencia las posibles acciones jurídicas, de cualquier orden y sin descartar de entrada ninguna de ellas, para defender sus derechos e intereses legítimos, incluyendo por supuesto el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
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